El bloque Evolución impulsa un proyecto de ley por la refuncionalización temporal de espacios ociosos en suelo porteño. Los dueños de los lotes tendrán beneficios impositivos.
El bloque Evolución de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires impulsa este año un proyecto de ley para generar nuevas plazoletas en espacios ociosos, terrenos baldíos o inmuebles en estado de abandono. Una iniciativa de este tipo generaría muchos espacios nuevos en el barrio de Boedo, dato que hay terrenos ociosos en litigio y también algunos espacios de los bajo autopistas sin uso.
“La presente ley tiene como objeto la refuncionalización de terrenos baldíos o en situación de abandono mediante la creación de un programa que articule la protección medioambiental, a través del aumento de espacios verdes y la generación de medidas que faciliten la existencia de espacios destinados al esparcimiento, en beneficio de toda la comunidad. Para tal fin, se propone la conversión temporal de estos espacios en “Plazas pequeñas”, previo consentimiento del propietario”, explica el primer artículo del proyecto.
También se define a Plazas pequeñas como “terrenos baldíos o en situación de abandono que han sido recuperados de manera transitoria, transformándose en espacios verdes recreativos de uso público y de encuentro, de libre acceso, y de carácter temporal”.
El programa “Plazas pequeñas” que impulsa Evolución tiene como “objetivo la conversión de terrenos baldíos o en situación de abandono en espacios recreativos, de libre acceso y uso público, de carácter temporal”. Para ello, el propietario o poseedor de la parcela “deberá adherirse al programa mediante un formulario escrito de manera presencial o virtual”. Esta iniciativa “tendrá como ámbito de alcance todas aquellas parcelas respecto de las cuales el propietario o poseedor haya acordado voluntariamente con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en beneficio, la cesión temporal y gratuita de su tenencia para uso y disfrute general de toda la ciudadanía”.
“Cada Comuna, en ejercicio de las funciones conferidas por el artículo 128 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y concordantes de la Ley Orgánica de Comunas, dirigirá el proceso de postulación y selección de los Espacios a intervenir, administrando las partidas presupuestarias que en consecuencia se asignen al presente Programa”, sugiere el bloque parlamentario. Las propuestas seleccionadas serán elevadas luego al Ministerio de Ambiente y Espacio Público.
En todos los casos, la Autoridad de Aplicación “dará preferencia a la incorporación de aquellos terrenos que cuenten con alguna de las siguientes características”: Cuenten con una superficie no menor de los 100 m2; estén ubicados en entornos de alta densidad poblacional; se encuentren en situación de abandono u otras causas, capacidad actual o potencial de afectar y/o constituirse en una fuente de riesgo para la salubridad o seguridad pública del lugar.
Sobre los beneficios, se explica que los sujetos contemplados en el presente programa tendrán los siguientes beneficios: exención en el pago de ABL e impuesto Inmobiliario, mientras se mantenga la afectación del inmueble al presente programa; Otorgamiento de planes especiales de pago y/o condonación de deuda hasta un máximo del 50% (cincuenta por ciento) del monto adeudado y/o intereses de las eventuales deudas que los propietarios de los terrenos a incluir en el presente programa pudieran mantener al momento de la incorporación al programa por dichos terrenos con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en concepto de Tasa General de Inmuebles; condonación de multas y sanciones que pesen sobre el inmueble por incumplimientos de las disposiciones sobre mantenimiento de baldíos, tapiales, veredas, limpieza y/o mantenimiento.
Evolución sostiene que sus legisladores presentaron este proyecto de ley por “la preocupación por la falta de espacios verdes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en contraste con la existencia de terrenos urbanos ociosos que presentan un gran potencial para poder ser incorporados como espacios públicos “temporales” para nuestra Ciudad”.
“De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS), se establece como óptima una superficie de entre 10 y 15 m2 de espacio verde por persona. Claramente, esto se encuentra muy lejos de ser cumplido aún. En este sentido, la presente ley tiene como objeto la refuncionalización de terrenos baldíos o en situación de abandono mediante la creación de un programa que articule la protección medioambiental, a través del aumento de espacios verdes y la generación de medidas que faciliten la existencia de espacios destinados al esparcimiento, en beneficio de toda la comunidad. Para tal fin, se propone la conversión temporal de estos espacios en “Plazas pequeñas”, previo consentimiento del propietario”, alerta la bancada.
“Esta experiencia fue implementada durante 2018 en Rosario, con las denominadas “Plazas de Bolsillo”. Tal como sostiene la Ordenanza N° 7747/04, el proyecto sobre “Plazas de Bolsillos” se forjó en torno a experiencias adoptadas en otros países tales como México, Chile, Holanda, etc. Se trata de una alternativa que propone recuperar el espacio urbano actualmente en desuso y generar espacios públicos para el disfrute de toda la ciudadanía, brindando lugares de recreación y esparcimiento donde las personas puedan descansar, encontrarse, trabajar o simplemente tomar un pequeño descanso en el medio de la rutina diaria. De acuerdo con la experiencia en Rosario, el 20% del suelo urbanizado de esa ciudad se encontraba vacante; esto es, sin mejoras catastralmente declaradas. Rosario cuadriplica los números de la Ciudad de Buenos Aires en cuanto existencia de espacios verdes”, citan como inspiración para replicar en suelo porteño.
“La propuesta tiene como finalidad la reconversión de espacios urbanos vacantes transformándolos en lugares adecuados para el desarrollo de actividades en beneficio de toda la comunidad. Por ello, creemos pertinente que en nuestra Ciudad pueda realizarse algo similar al respecto aprovechando los espacios abandonados hoy, de manera temporal y con consentimiento del poseedor de terrenos baldíos o inmuebles en estado de abandono. Hoy en día, la existencia de predios de este estilo resulta contraproducente para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ya que limitan las posibilidades de optimizar la seguridad, higiene e integración social en lugares que podrían ser aprovechados de otra manera. Por ello la necesidad de un programa en este sentido que, mejore incluso las condiciones generales del barrio mejorando las problemáticas anteriormente mencionadas. El Programa de refuncionalización temporal de espacios ociosos en CABA “Plazas pequeñas” estará destinado exclusivamente a espacios verdes para el público en general. Las “Plazas Pequeñas” sólo podrán ser utilizadas para los siguientes fines: Aumento de espacios verdes, paseos y plazas; Constitución de espacios para el esparcimiento; Espacios para actividades de carácter comunitario”, concluye Evolución.